Cómo se reclama: petición, recursos y demanda
La ruta empieza con la solicitud de reconocimiento ante Colpensiones o el fondo privado. La entidad tiene términos legales para responder y, ante una negativa, proceden los recursos de reposición y apelación dentro de los diez días siguientes a la notificación. Agotada la vía administrativa, el camino es la demanda ordinaria laboral ante el juez del circuito, o el proceso ante la jurisdicción contencioso-administrativa cuando se trata de regímenes especiales públicos.
La tutela procede de manera excepcional, cuando la falta de reconocimiento amenaza el mínimo vital de una persona de la tercera edad o en situación de discapacidad y el medio ordinario resulta ineficaz por la demora. No es la vía general, pero en casos de sujetos de especial protección constitucional resuelve en días lo que un proceso ordinario tarda años.
Cuando la controversia es sobre el porcentaje de pérdida de capacidad laboral de origen común, la discusión pasa por la junta regional de calificación de invalidez y, en apelación, por la junta nacional, con términos cortos para recurrir. Si el origen es laboral, la prestación y el dictamen corresponden al sistema de riesgos laborales y se tramitan con la ARL.