CONSUMIDOR Y SERVICIOS
Garantía legal de un producto en Colombia
La garantía legal es la obligación que tienen el productor y el vendedor de responder por la calidad, idoneidad, seguridad y buen funcionamiento de lo que venden (art. 7 de la Ley 1480 de 2011). Si nadie anunció un término, dura un año para productos nuevos, y se cuenta desde la entrega.
Cubre la reparación gratuita y, si el bien no admite reparación o la falla se repite, el cambio o la devolución del dinero. Tú solo debes demostrar el defecto; el vendedor responde solidariamente con el fabricante.
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Qué dice la ley
Arts. 7, 8 y 11 Ley 1480 de 2011
Estatuto del Consumidor · Decreto 1074 de 2015 (compila el Decreto 735 de 2013)
Todo productor y proveedor debe responder por la calidad, idoneidad, seguridad y buen estado y funcionamiento de los productos. La garantía corre desde la entrega y, si no se indicó término, es de un año para productos nuevos. Incluye como regla general la reparación totalmente gratuita; si el bien no admite reparación procede la reposición o la devolución del dinero, y si la falla se repite el consumidor elige entre una nueva reparación, el cambio o la devolución.
Fuente oficial: Ley 1480 de 2011 — Secretaría del Senado
La garantía legal no es un favor del almacén ni algo que se compra aparte: existe por ley en todo producto que se vende a un consumidor, incluidos los que se compran en promoción o con descuento. Lo que sí se puede comprar es una garantía suplementaria o «extendida», que amplía o mejora la legal y que, cuando tiene costo, requiere tu aceptación expresa y por escrito (arts. 13 y 14 de la Ley 1480).
El término es el que fije la ley o la autoridad para ese tipo de producto; si no hay norma especial, rige el que anuncie el productor o el vendedor; y si nadie dijo nada, es de un año para productos nuevos. En los perecederos la garantía va hasta la fecha de vencimiento. Los productos usados pueden venderse sin garantía solo si ya vencida la original se te informa y lo aceptas por escrito; de lo contrario tienen una garantía de tres meses (art. 8). Siempre corre desde la entrega, no desde la factura.
Respecto a quién responde, la ley es clara: ante ti, la responsabilidad es solidaria entre el productor y el proveedor (art. 10). Eso significa que puedes reclamar en el almacén donde compraste aunque te digan «vaya al servicio técnico de la marca». Remitirte al fabricante es una opción del vendedor para organizar la reparación, no una manera de quitarse la obligación.
La carga de la prueba favorece al consumidor. Para exigir la garantía basta demostrar el defecto del producto. Es el vendedor o el productor quien debe probar, si quiere librarse, que la falla viene de fuerza mayor o caso fortuito, del hecho de un tercero, del mal uso o de no haber seguido las instrucciones del manual, y además tiene que demostrar la relación entre esa causa y el daño (art. 16). Si no te entregaron el manual en español, no pueden alegar que no lo seguiste.
Cuando entregas el producto para hacer efectiva la garantía, quien lo recibe debe darte una constancia con la fecha y el motivo del reclamo; y al devolverlo reparado, otra que describa el trabajo hecho, las piezas cambiadas y las fechas (art. 12). Si al recibir no anotaron ninguna observación sobre el estado del bien, se presume que lo entregaste en buen estado, salvo por la falla que reportaste. Guarda ambas constancias: son la prueba central si después tienes que demandar.
La reglamentación de la garantía (Decreto 735 de 2013, hoy compilado en el Decreto 1074 de 2015) fija tiempos concretos. Si la Superintendencia no ha señalado otro término, la reparación debe hacerse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la entrega del bien, ampliables hasta 60 si te prestan un producto mientras tanto. Si procede la devolución del dinero, debe hacerse dentro de los 15 días hábiles siguientes a que pongas el bien a disposición del vendedor.
Los productos electrónicos —celulares, portátiles, televisores, electrodomésticos— concentran buena parte de los reclamos. Las respuestas más frecuentes para negar la garantía son «el equipo tiene humedad», «hay golpes» o «el sello está roto». Ninguna basta por sí sola: el vendedor tiene que probar que esa circunstancia causó la falla. Pide el diagnóstico por escrito y conserva fotos del equipo al entregarlo.
Reclama dentro de la garantía y demanda dentro del año siguiente
La reclamación debe hacerse mientras la garantía esté vigente (por regla general, un año desde la entrega en productos nuevos). Si no te responden en 15 días hábiles o la respuesta no te satisface, puedes demandar ante la SIC o el juez a más tardar dentro del año siguiente a la expiración de la garantía, aportando la prueba de que reclamaste a tiempo (art. 58 nums. 3 y 5 Ley 1480 de 2011).
Este caso hace parte de consumidor y servicios. Ahí encuentras las demás situaciones que cubre esta área.
Qué puedes exigir con la garantía legal
La primera opción es la reparación totalmente gratuita, incluido el transporte del producto cuando sea necesario. Si el bien no admite reparación, procede el cambio o la devolución del dinero.
Si la falla se repite después de repararlo, tú eliges, según la naturaleza del bien y del defecto, entre una nueva reparación, la devolución total o parcial del precio o el cambio por otro de la misma especie, similares características o especificaciones técnicas superiores (art. 11 num. 2).
- Reparación gratuita, con transporte incluido
- Cambio por otro producto si no admite reparación
- Devolución del dinero si la falla se repite y así lo eliges
- Constancia escrita al entregar y al recibir el producto
- Repuestos y servicio técnico disponibles después de la garantía
- Reparación en máximo 30 días hábiles si la SIC no fijó otro término
¿Cuánto dura la garantía de un producto según la ley?
Primero manda el término que fije una norma especial para ese producto. A falta de ella, el que anuncie el productor o el vendedor. Si nadie anunció nada, la garantía legal es de un año para productos nuevos, contado desde la entrega.
En perecederos dura hasta la fecha de vencimiento. En usados, tres meses, salvo que ya vencida la garantía original te informen y aceptes por escrito comprarlo sin garantía. En vivienda nueva, la estabilidad de la obra se garantiza por diez años y los acabados por uno.
Paso a paso
Reúne la prueba de compra
Factura o comprobante de pago, la publicidad o ficha del producto y la fecha de entrega.
Reclama por escrito al vendedor
Identifica el producto, la fecha de compra y la falla. Pide constancia de recibido con fecha y motivo.
Exige el diagnóstico técnico
Si alegan mal uso o humedad, pide el informe por escrito: son ellos quienes deben probar la causa.
Espera 15 días hábiles y decide
Sin respuesta o con negativa, ya puedes demandar ante la SIC o el juez. No dejes vencer el año siguiente a la garantía.
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Preguntas frecuentes
Pueden ofrecértelo, pero no obligarte. El vendedor y el productor responden solidariamente por la garantía, así que puedes radicar la reclamación en el almacén donde compraste y exigir que ellos gestionen la reparación.
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