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Asesorías Jurídicas Colombia

ÁREA DE PRÁCTICA

Abogado comercial y empresarial en Colombia

Un abogado comercial y empresarial en Colombia te acompaña en la constitución de tu sociedad, los contratos mercantiles, el cobro de cartera y los conflictos entre socios o con proveedores.

Contar mi caso comercial →

Preparado por el equipo editorial de Asesorías Jurídicas Colombia · Actualizado el · Cómo preparamos el contenido

En qué te podemos ayudar

  • Vas a constituir una SAS
  • Necesitas contratos comerciales sólidos
  • Hay un conflicto entre socios
  • Un cliente o proveedor te incumplió
  • Necesitas reformar estatutos
  • Quieres proteger tu negocio antes de crecer

Casos más comunes

Sociedades y liquidación

Constitución, reformas, transformación, fusión, escisión y liquidación voluntaria o judicial de sociedades. La SAS se constituye por documento privado inscrito en la cámara de comercio y admite un solo accionista. Lo que define su valor no es el trámite —que es rápido— sino los estatutos: objeto social, capital autorizado y suscrito, restricciones a la negociación de acciones, quórum y causales de exclusión. Unos estatutos copiados de plantilla son la causa más común de bloqueos societarios años después.

Conflictos entre socios

Bloqueo en la toma de decisiones, abuso del derecho de voto de la mayoría o de la minoría, dividendos que nunca se decretan y administradores que contratan consigo mismos. Las herramientas van desde la impugnación de decisiones de la asamblea hasta la acción social de responsabilidad contra administradores ante la Superintendencia de Sociedades, que actúa con funciones jurisdiccionales.

Contratos comerciales

Suministro, distribución, agencia comercial, franquicia, prestación de servicios, confidencialidad y licencias. En Colombia el contrato de agencia comercial genera la prestación del artículo 1324 del Código de Comercio a favor del agente, y muchas empresas la descubren cuando terminan la relación. Nombrar mal un contrato tiene consecuencias económicas concretas.

Cobro jurídico de cartera

Cobro jurídico de facturas, pagarés, letras, cheques y contratos incumplidos por proceso ejecutivo, con medidas cautelares desde el inicio. La factura electrónica aceptada expresa o tácitamente presta mérito ejecutivo, y la acción cambiaria directa de los títulos valores prescribe en 3 años desde el vencimiento.

Qué cubre el derecho comercial en Colombia

El derecho comercial regula la actividad de los comerciantes y los actos de comercio: constituir sociedades, contratar con proveedores y clientes, emitir y cobrar títulos valores, competir en el mercado y resolver los conflictos que surgen de todo lo anterior. Se rige por el Código de Comercio de 1971, complementado por la Ley 1258 de 2008 sobre la SAS, la Ley 222 de 1995 y la doctrina de la Superintendencia de Sociedades.

En la práctica, el derecho comercial se contrata en dos momentos opuestos. El primero es preventivo: alguien va a montar una empresa, recibir inversión, firmar un contrato de distribución o incorporar un socio, y quiere que el documento sostenga la relación. El segundo es reactivo: el socio se fue con la base de clientes, el cliente no pagó una factura de doscientos millones o la asamblea aprobó una capitalización que diluyó a la minoría.

El costo de la asesoría preventiva es una fracción del costo del litigio posterior. Un acuerdo de accionistas bien redactado —con cláusulas de arrastre, de acompañamiento, de no competencia y de resolución de bloqueos— cuesta menos que un mes de un proceso ante la Superintendencia de Sociedades.

Constituir la sociedad correcta: SAS, SRL o sucursal

La SAS domina el panorama colombiano porque permite un accionista único, responsabilidad limitada al aporte, libertad casi total para diseñar los estatutos y constitución por documento privado. La sociedad de responsabilidad limitada y la anónima sobreviven en escenarios específicos: la anónima cuando se busca captar inversión abierta o cumplir requisitos regulatorios, y la sucursal de sociedad extranjera cuando la matriz no quiere crear una persona jurídica nueva en el país.

Constituir no es solo inscribir. Hay que definir el objeto —hoy puede ser indeterminado en la SAS, pero conviene precisarlo cuando se contratará con el Estado o con entidades vigiladas—, el capital autorizado, suscrito y pagado, la estructura de administración, el representante legal y sus suplentes, y el régimen de solución de conflictos. Después vienen RUT, registro mercantil, libros, facturación electrónica y las obligaciones ante la DIAN.

La responsabilidad limitada tiene límites reales. El artículo 42 de la Ley 1258 permite levantar el velo corporativo cuando la sociedad se usa en fraude a la ley o en perjuicio de terceros, y los administradores responden personalmente por dolo o culpa en el ejercicio de sus funciones. Usar la sociedad como caja personal es la forma más rápida de perder la protección que la ley otorga.

Cobrar lo que la empresa le deben: la vía ejecutiva

Cuando un cliente no paga, la pregunta técnica es si el documento que se tiene presta mérito ejecutivo. Una factura electrónica aceptada expresa o tácitamente, un pagaré, un contrato con obligación clara, expresa y exigible o un título valor permiten demandar directamente el pago y pedir medidas cautelares sobre cuentas bancarias e inmuebles desde el auto que libra mandamiento de pago.

Si no hay título ejecutivo, el camino es un proceso declarativo verbal para que un juez declare el incumplimiento y condene al pago, lo que agrega tiempo. Por eso el diseño contractual importa: cláusula penal, intereses moratorios a la tasa máxima legal, pagaré en blanco con carta de instrucciones y garantías reales o personales convierten un cobro incierto en uno con respaldo.

También existe la insolvencia: si el deudor entra en reorganización empresarial bajo la Ley 1116 de 2006, los procesos ejecutivos se suspenden y el crédito debe presentarse dentro del proceso concursal con su calificación y graduación. Detectar a tiempo que el deudor va hacia allá cambia la estrategia por completo.

Conflictos societarios y responsabilidad de los administradores

La Superintendencia de Sociedades ejerce funciones jurisdiccionales y resuelve, con procedimientos más rápidos que la justicia ordinaria, la impugnación de decisiones sociales, la acción social de responsabilidad contra administradores, los conflictos derivados de acuerdos de accionistas y la declaratoria de abuso del derecho de voto en sus tres modalidades: mayoritario, minoritario y de paridad.

Los administradores —representante legal, junta directiva, liquidador— deben obrar de buena fe, con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios (artículo 23 de la Ley 222 de 1995). Contratar con la sociedad sin autorización de la asamblea, competirle, desviar oportunidades de negocio o repartir utilidades inexistentes genera responsabilidad solidaria e ilimitada por los perjuicios causados.

Los plazos importan: la impugnación de decisiones de la asamblea debe presentarse dentro de los dos meses siguientes a la reunión o a su inscripción cuando la decisión sea registrable. Dejar pasar ese término convierte una decisión viciada en una decisión firme.

Qué documentos tener listos antes de la primera reunión

Para un caso comercial, el abogado necesita ver el certificado de existencia y representación legal actualizado, los estatutos vigentes con todas sus reformas, las actas de asamblea o junta relevantes, el contrato en discusión con sus otrosíes y anexos, las facturas o títulos valores pendientes y la correspondencia donde conste el incumplimiento o el requerimiento.

Con ese material se puede estimar en la primera conversación si hay título ejecutivo, qué cuantía se persigue, ante qué autoridad se litiga y cuánto puede costar. Sin él, cualquier estimación es especulación.

Qué dice la ley

Art. 5 Ley 1258 de 2008

Sociedad por Acciones Simplificada

La SAS se constituye por documento privado inscrito en el registro mercantil.

Fuente oficial: Ley 1258 de 2008 — Secretaría del Senado

Art. 98 C.Co.

Código de Comercio

Por el contrato de sociedad dos o más personas se obligan a hacer un aporte para repartirse las utilidades.

Fuente oficial: Código de Comercio — Secretaría del Senado

Prescripción mercantil: 5 años

Las acciones derivadas de contratos mercantiles prescriben, por regla general, en 5 años (art. 2536 C.C. y normas del C.Co.).

¿Necesitas un abogado para esto?

Puedes hacerlo tú mismo si…

  • El monto en discusión es bajo y la contraparte está dispuesta a negociar.
  • Solo necesitas radicar una petición o una queja ante la entidad competente.
  • Tienes todos los documentos y el trámite comercial es puramente administrativo.
  • No hay plazos de prescripción corriendo ni un proceso judicial abierto.

Necesitas un abogado si…

  • La contraparte ya contestó con abogado o te llegó una demanda.
  • Hay un plazo de prescripción o caducidad a punto de vencerse.
  • El caso comercial exige pruebas técnicas, peritajes o audiencias.
  • El dinero o el derecho en juego es alto y un error te deja sin opción.

Trabajamos con abogados comercial verificados en Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y las demás ciudades principales del país.

Preguntas frecuentes

Depende de la complejidad y de la modalidad: honorarios fijos, por horas o cuota litis (un porcentaje de lo que se recupere). En la primera conversación el abogado te dice el esquema antes de que asumas cualquier compromiso.

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