MIGRATORIO Y EXTRANJERÍA
Multa de Migración Colombia: cuánto es y cómo pagarla
Migración Colombia multa infracciones como quedarse más tiempo del autorizado, entrar o salir sin cumplir requisitos o no tramitar la cédula de extranjería a tiempo. La Resolución 2357 de 2020 clasifica las faltas: las leves se sancionan con multa entre 26,31 y 210,50 UVT y las moderadas entre 105,25 y 2.631,30 UVT; las graves pueden llevar a deportación y las gravísimas a expulsión.
La multa se paga con el recibo oficial y puede recurrirse dentro de los 10 días siguientes a la notificación.
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Qué dice la ley
Art. 15 Resolución 2357 de 2020 (UAEMC)
Modificada por la Resolución 3770 de 2021 · Decreto 1067 de 2015 · Ley 1437 de 2011
Las infracciones al régimen migratorio se clasifican en leves, moderadas, graves y gravísimas. Las leves se sancionan con multa entre 26,31 y 210,50 UVT; las moderadas, con multa entre 105,25 y 2.631,30 UVT; las graves pueden dar lugar a deportación y las gravísimas a expulsión del territorio nacional.
Fuente oficial: Ley 1437 de 2011 — Secretaría del Senado
Esta página se ocupa de lo que pasa cuando Migración Colombia ya detectó una irregularidad: cuánto puede costar, cómo defenderte y cómo pagar. Los plazos para registrar la visa y tramitar la cédula, que son la causa de muchas multas, se explican en la página de cédula de extranjería.
Las infracciones están en el Decreto 1067 de 2015 y la Resolución 2357 de 2020 las clasifica. Entre las leves están no informar a tiempo el cambio de domicilio o de empleador, no registrarse o no tramitar la cédula de extranjería dentro de los 15 días, ejercer una actividad distinta a la autorizada o permanecer en situación irregular cuando hay circunstancias especiales que lo justifican. Entre las graves, permanecer irregularmente sin esas circunstancias, ingresar o salir sin cumplir los requisitos, obtener una visa con fraude o reincidir. Las gravísimas incluyen incumplir una orden de deportación o estar documentado de forma fraudulenta.
¿Cuánto es la multa? No hay una tarifa fija por día. Desde la Resolución 3770 de 2021 las multas se expresan en UVT, y la entidad calcula el valor con una fórmula que pondera la gravedad, el tiempo de la irregularidad y las circunstancias que atenúan o agravan la falta. Como referencia, con la UVT de 2026 fijada por la DIAN en $52.374, el rango de una falta leve va de unos $1,38 millones a unos $11 millones. Reconocer la infracción suele tenerse en cuenta como atenuante.
Un caso frecuente es no sellar el pasaporte: salir o entrar sin pasar por el control migratorio encaja en la infracción de ingresar o salir del país sin cumplir los requisitos legales. Otro es quedarse más del tiempo autorizado como visitante. En ambos casos lo que pesa es cuánto tiempo duró la irregularidad, si hay explicación documentada —una urgencia médica, por ejemplo— y si la persona actuó antes de que la entidad abriera la investigación.
Antes de que se abra formalmente el proceso, la Resolución 2357 prevé salidas que evitan la sanción completa: la oportunidad de enmienda, de hasta cinco días hábiles, para corregir la situación; la salida voluntaria del país dentro de un plazo corto; y permisos extemporáneos cuando la permanencia irregular no supera 30 días calendario y la persona reconoce su responsabilidad. Son oportunidades únicas y se pierden si se dejan pasar.
Si el proceso avanza, se rige por el procedimiento sancionatorio del CPACA. La entidad formula cargos y tienes 15 días desde la notificación para presentar descargos y pedir o aportar pruebas (art. 47 de la Ley 1437 de 2011). Luego viene el periodo probatorio, los alegatos y la decisión. Contra la resolución que impone la multa proceden la reposición y, según la gravedad, la apelación, dentro de los 10 días siguientes a la notificación. Además, la facultad de sancionar caduca a los 3 años de ocurrido el hecho (art. 52).
Para pagar, Migración Colombia expide un recibo con el valor y el plazo, y el pago se hace por los canales oficiales de la entidad, en línea o en sus oficinas. Desconfía de intermediarios que ofrecen «borrar» multas. No pagar tiene consecuencias serias: la multa genera intereses, puede cobrarse por jurisdicción coactiva y la propia resolución advierte que el no pago es causal de deportación.
La deportación y la expulsión son las sanciones más graves. La deportación procede por faltas graves y conlleva una prohibición de volver a ingresar por el tiempo que fije la decisión; en ciertos casos, con unidad familiar comprobada, situación médica o vínculo laboral, de inversión o de estudio vigente, puede conmutarse por multa. La expulsión procede por faltas gravísimas o como pena accesoria ordenada por un juez. La defensa en el procedimiento es la que permite pedir la conmutación.
Descargos: 15 días · recursos: 10 días
Formulados los cargos, tienes 15 días para presentar descargos y pruebas (art. 47 Ley 1437 de 2011). Contra la resolución sancionatoria, la reposición y la apelación (cuando procede) se presentan dentro de los 10 días siguientes a la notificación (art. 76). La facultad de Migración Colombia para sancionar caduca a los 3 años de ocurrido el hecho o, si la conducta es continuada, desde que cesa (art. 52). Antes de la apertura, la enmienda da hasta 5 días hábiles para corregir (Res. 2357 de 2020, art. 26).
Este caso hace parte de migratorio y extranjería. Ahí encuentras las demás situaciones que cubre esta área.
Cómo se resuelve
El resultado depende de la gravedad de la falta, del tiempo de irregularidad y de la prueba de las circunstancias. Muchos casos terminan en la multa mínima o en archivo cuando la defensa se presenta a tiempo.
- Archivo si no se prueba la infracción
- Multa graduada con atenuantes
- Conmutación de deportación por multa en casos especiales
- Exoneración por fuerza mayor o caso fortuito
- Caducidad si pasaron 3 años sin sanción
- Recursos de reposición y apelación
¿Qué pasa si me quedo más tiempo del permitido en Colombia?
Quedarse después del tiempo autorizado es permanencia irregular. Si hay circunstancias especiales que lo justifiquen se trata como falta leve y se sanciona con multa; sin ellas es falta grave y puede llevar a deportación. Si la irregularidad es corta, lo mejor es actuar antes de que la entidad abra el proceso: los permisos extemporáneos aplican cuando no supera 30 días calendario.
¿Qué pasa si no sellé el pasaporte al entrar o salir?
Entrar o salir sin pasar por el control migratorio es la infracción de ingresar o salir del país sin cumplir los requisitos legales. Lo usual es que se detecte en el siguiente control y se abra un proceso sancionatorio. Conviene presentarse por iniciativa propia ante Migración Colombia con los soportes del viaje —tiquetes, registros de ingreso del otro país— porque la buena fe y el reconocimiento se valoran al graduar la multa.
Paso a paso
Lee la notificación
Identifica la infracción, la clasificación y la fecha. De ahí corren los 15 días de descargos o los 10 de recursos.
Revisa si cabe enmienda
Antes de la apertura de cargos, la enmienda o la salida voluntaria pueden evitar una sanción mayor.
Reúne la prueba
Pasaporte, tiquetes, historia clínica, contrato de trabajo, registro civil de hijos o matrimonio: todo lo que explique o atenúe.
Paga o recurre a tiempo
Paga solo con el recibo oficial. Si no estás de acuerdo, presenta reposición o apelación dentro de los 10 días.
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Preguntas frecuentes
Depende de la falta. Las leves van de 26,31 a 210,50 UVT y las moderadas de 105,25 a 2.631,30 UVT. Con la UVT de 2026 ($52.374), una falta leve va de unos $1,38 millones a unos $11 millones.
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